Micelio
Auto16 de mayo de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Sala De Seguimiento

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Desplazamiento Forzado
  • Convocatoria a sesión técnica, en el marco del seguimiento a la sentencia T-025/14
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con base en la petición de las Direcciones Generales de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, se convoca a una sesión técnica en el marco del seguimiento a la Sentencia T-025/04, para el día 23 de mayo de 2016, en la Sala de Audiencias de la Corte Constitucional.

Para el efecto, se invita a la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría General de la Nación, a la Mesa Nacional de Participación de Víctimas, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, a la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados en Colombia y, al Consejo Noruego para Refugiados en Colombia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. CONVOCAR, a través de la Secretaría General de esta Corporación, a una sesión técnica a petición de las Direcciones Generales de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de acuerdo a los términos antes referidos, que tendrá lugar el lunes veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016), de 3:00 p.m. a 4:00 p.m., en la Sala de Audiencias de la Corte Constitucional.
  2. Segundo. INVITAR, a la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría General de la Nación y a la Contraloría General de la República, en su calidad de entidades de control. Estos organismos contarán con el término de cinco (5) días hábiles, posteriores a la sesión técnica, para radicar en Secretaría General su concepto frente a la solicitud elevada.
  3. Tercero. INVITAR, a la Mesa Nacional de Participación de Víctimas, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, a la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados en Colombia y al Consejo Noruego para Refugiados en Colombia, quienes contarán con el término de cinco (5) días hábiles, posteriores a la sesión técnica, para radicar en Secretaría General su concepto frente a la solicitud elevada.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.